# Manual de Cumplimiento — Estructura recomendada

> Fuente: Cap. 25 "El Manual de Cumplimiento" — *Sujetos Obligados: Manual de cumplimiento LFPIORPI*, Sergio Armando Cortina Ceballos. Reproducido verbatim para uso de referencia; pendiente de cite-check humano (estado: pendiente-citecheck).

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## Para qué sirve el Manual

El Manual de Cumplimiento es el documento donde usted describe, por escrito, cómo va a cumplir cada una de las obligaciones que la LFPIORPI le impone. No es un requisito burocrático más — es la columna vertebral de su sistema de cumplimiento.

Cuando el SAT llegue a una visita de verificación, una de las primeras cosas que pedirá será el Manual. Si no existe, eso ya es una infracción. Si existe, pero está mal redactado o no refleja lo que realmente hace la organización, también es una infracción.

El Manual tiene tres funciones principales:

**Función interna.** Sirve como guía para usted y su personal. Cuando alguien tenga una duda — ¿cómo identifico a un cliente? ¿cuándo debo presentar un aviso? ¿qué hago si el cliente se niega a dar información? — la respuesta debe estar en el Manual.

**Función externa.** Es el documento que la autoridad revisará para verificar que usted tiene un sistema de cumplimiento. El Artículo 18, fracción VII exige "políticas escritas de cumplimiento". El Manual es donde esas políticas se materializan.

**Función de defensa.** Si algo sale mal — por ejemplo, el SAT detecta que una operación no fue reportada — tener un Manual bien redactado y seguido demuestra que usted actuó de buena fe y con diligencia. No lo exime de responsabilidad, pero pesa a su favor.

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## Estructura recomendada del Manual

### 1. Portada y control de versiones

Datos mínimos:

- Nombre completo del sujeto obligado (persona física o moral) y RFC.
- Fecha de elaboración y versión del documento.
- Nombre y cargo del responsable de cumplimiento (Artículo 20 de la LFPIORPI).
- Historial de revisiones: versión, fecha, cambios realizados, quien autorizó.

El Manual debe revisarse al menos una vez al año (idealmente después de la auditoría anual del Art. 18, frac. XI), y siempre que haya un cambio normativo relevante. Cada revisión se registra en la tabla de control de versiones.

| Versión | Fecha        | Cambios                         | Autorizó                  |
|---------|--------------|---------------------------------|---------------------------|
| 1.0     | 02-ene-2026  | Versión inicial                 | Titular / Rep. Cumpl.     |
| 1.1     | 15-mar-2026  | Actualización post-reforma RCG  | Rep. Cumplimiento         |

### 2. Marco normativo aplicable

Lista de las disposiciones legales que aplican al sujeto obligado. Cada disposición debe citarse con su referencia completa (tipo, título, fecha de publicación en el DOF). Mínimo:

- LFPIORPI (DOF 17-oct-2012, reforma DOF 16-jul-2025).
- Reglamento de la LFPIORPI (DOF 16-ago-2013, reforma DOF 27-mar-2026).
- Reglas de Carácter General (Acuerdo 02/2013 y sus reformas).
- Resoluciones de formatos de alta, registro, avisos e informes.
- Ley del Notariado local (si aplica como fedatario).
- Código Fiscal de la Federación (para lo relativo a FIEL).

### 3. Identificación de las actividades vulnerables

Aquí usted declara qué actividad(es) vulnerable(s) realiza, especificando:

- La fracción del Artículo 17 que le aplica.
- El tipo de actos u operaciones que realiza bajo cada fracción.
- Los umbrales de identificación y de aviso que le corresponden, calculados en UMA y en pesos.

### 4. Política de identificación de clientes (KYC)

Elementos mínimos:

- Cuándo debe identificar a un cliente (umbral de identificación de su fracción, o "siempre" si aplica).
- Documentos que solicitará para personas físicas y para personas morales.
- Procedimiento si el cliente se niega a identificarse (negarse a realizar la operación, Art. 18 frac. I).
- Plazo para integrar el expediente de identificación.
- Qué hacer si la identificación oficial está vencida o tiene alteraciones.

### 5. Política de identificación del beneficiario controlador

Elementos mínimos:

- Pregunta obligatoria al cliente: "¿es usted el beneficiario controlador?"
- Documentos que solicitará para acreditar al BC (identificación oficial del BC, cadena de propiedad, organigrama corporativo).
- Procedimiento si el BC es una PEP.
- Procedimiento si el cliente declara no conocer al BC.

### 6. Política de PEPs

Elementos mínimos:

- Definición de PEP (nacional, extranjero, organismos internacionales).
- Lista de fuentes que se consultarán para identificar PEPs (declaraciones patrimoniales, directorios oficiales, listas públicas).
- Medidas intensificadas de debida diligencia para operaciones con PEPs.
- Vinculación con la política de BC (si el BC es PEP, también aplican medidas intensificadas).

### 7. Política de conservación de documentos

Elementos mínimos:

- Plazo de conservación (10 años desde la operación, Art. 18 frac. IV).
- Tipos de documentos que se conservan (identificaciones, documentación de operaciones, avisos, acuses).
- Medios de conservación (físico, electrónico, ambos).
- Regla de respaldo 3-2-1 (tres copias, dos medios, una fuera del sitio).
- Procedimiento de destrucción segura al cumplirse el plazo.

### 8. Política de presentación de avisos

Elementos mínimos:

- Tipos de avisos que debe presentar según su actividad (mensual ordinario, inusual 24h, ceros).
- Umbrales de aviso por fracción (con valores actualizados en UMA y pesos).
- Calendario de presentación (día 17 del mes siguiente, o día hábil siguiente si es inhábil).
- Persona responsable de preparar y enviar los avisos.
- Procedimiento de verificación de acuses.

### 9. Política de detección de operaciones inusuales

Elementos mínimos:

- Criterios o "banderas rojas" para identificar operaciones inusuales (montos elevados, frecuencia inusual, estructuras complejas sin justificación, clientes de jurisdicciones de alto riesgo, etc.).
- Procedimiento de escalamiento: quien detecte la operación inusual debe reportarla al responsable de cumplimiento.
- Plazo para analizar y decidir si se presenta aviso.
- Registro de operaciones "revisadas y no reportadas" (justificación documentada de por qué no se consideró inusual).

### 10. Política de capacitación del personal

Elementos mínimos:

- Frecuencia de la capacitación (mínimo anual, recomendable semestral).
- Contenidos mínimos (conceptos de PLD, obligaciones del sujeto obligado, procedimientos internos, cómo detectar operaciones inusuales).
- Registro de capacitación (lista de asistentes, fecha, temas, evaluaciones).
- Capacitación inicial para personal de nuevo ingreso.

### 11. Política de confidencialidad

Elementos mínimos:

- Deber de reserva sobre la información de los clientes (Art. 21 LFPIORPI).
- Prohibición de revelar al cliente que se ha presentado un aviso sobre él.
- Sanciones internas por violación de la confidencialidad.
- Autorizaciones de acceso a la información (quién puede ver qué).

### 12. Designación del representante de cumplimiento

Elementos mínimos:

- Nombre, cargo y datos de contacto del representante de cumplimiento (Artículo 20 de la LFPIORPI).
- Facultades y responsabilidades del representante.
- Suplencia (quién lo reemplaza en ausencias).
- Procedimiento de notificación al SAT en caso de cambio de representante.

### 13. Procedimiento de auditoría interna

Elementos mínimos:

- Frecuencia (anual, Art. 18, frac. XI).
- Alcance (qué se revisa: expedientes, avisos, políticas, capacitación).
- Metodología (muestreo de expedientes, revisión de acuses, verificación de plazos).
- Documentación de resultados (informe de auditoría con hallazgos y recomendaciones).
- Plan de acción correctiva.

### 14. Protocolo de atención a visitas de verificación

Elementos mínimos:

- Quién atiende la visita (el representante de cumplimiento, con apoyo del área legal si existe).
- Documentación que debe tenerse disponible (expedientes, Manual, avisos, acuses).
- Derechos del sujeto obligado durante la visita (Art. 52-56 LFPIORPI).
- Procedimiento de impugnación si no se está de acuerdo con el resultado.

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## Checklist de integración del Manual

Antes de dar por terminado el Manual, verifique cada punto:

1. Portada con nombre, RFC y versión
2. Control de versiones con historial
3. Marco normativo citado con referencias DOF
4. Declaración de actividades vulnerables realizadas
5. Umbrales de identificación y aviso en UMA y pesos
6. Política KYC con documentos requeridos
7. Política de BC con procedimiento de identificación
8. Política de PEPs con fuentes de consulta
9. Política de conservación a 10 años
10. Política de avisos con tipos y plazos
11. Política de detección de inusuales con banderas rojas
12. Política de capacitación con frecuencia y contenidos
13. Política de confidencialidad
14. Designación del representante de cumplimiento
15. Procedimiento de auditoría interna anual
16. Protocolo de atención a visitas de verificación
17. Anexo: copia del formato de alta en el padrón AV
18. Anexo: directorio de contactos (SAT, SPPLD, UIF)

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*Plantilla elaborada con base en el Cap. 25 del libro "Sujetos Obligados: Manual de cumplimiento LFPIORPI" de Sergio Armando Cortina Ceballos. Estado: pendiente-citecheck. UMA 2026: $117.31 (DOF 09-ene-2026).*
